OPINIÓN

Por Antonio Calabrese, abogado constitucionalista, historiador, político.Colaboración especial para lacity.com.ar
En la búsqueda de consensos, el gobierno con minoría en ambas Cámaras legislativas, en vez pactar con los legisladores, apeló una vez más, a un acuerdo con los gobernadores provinciales para la sanción de esta ley, llamada, no sin razón, la ley de leyes.
El Presidente de la Nación, cabeza de un poder ejecutivo unipersonal, al igual que sus predecesores transforma esta desviación anti-republicana en una costumbre, haciendo así una regla de la violación de la división de poderes, base fundamental del esquema republicano desde Montesquieu a la fecha.
Siempre se dijo, aunque un poco inapropiadamente, que el Poder Ejecutivo Nacional es colegislador teniendo en cuenta la facultad que le otorga la constitución para presentar proyectos de leyes y para vetarlas o promulgarlas una vez sancionadas por las Cámaras.
En lo que se refiere a la Ley de Presupuesto, la tradición imponía, por vía de interpretación de las facultades establecidas para el PEN y el PLN que aquel lo elaborara y lo presentara por la Cámara de Diputados como Cámara de origen por las imposiciones fiscales que podría contener.
Los actuales artículos 52 y 99 de la Constitución Nacional que repiten los correspondientes a los textos reformados, así lo permitían.
Hoy con la reforma constitucional de 1994, hay un texto expreso, el del artículo 100 inciso 6, que otorga al Jefe de Gabinete la facultad de enviar dicho proyecto al Congreso de la Nación.
Por ello las conversaciones o consensos entre el PEN y los gobernadores, tratándose de una ley que afectaría los intereses generales incluidos los de las provincias pareciera razonable.
Sin embargo, como sostuvimos en otras oportunidades, si bien el Poder Ejecutivo Nacional podría considerarse colegislador junto al Congreso Nacional, no lo son los gobernadores.
Pactar con los gobernadores sobre la Ley de Presupuesto es despreciar al Poder Legislativo, pues tanto los diputados como los Senadores no tienen por jefes a los gobernadores, sino que responden por si mismos y por ende sus interpretaciones sobre las necesidades provinciales pueden ser diferentes a las que consideran aquellos.
El pacto con los gobernadores no solo entraña la creencia o certeza de que estos pueden ordenar y mandar sobre los legisladores nacionales de sus provincias, que como decimos pueden o no estar de acuerdo con su voluntad, sino una verdadera intromisión del Poder Ejecutivo en las facultades del Poder Legislativo.
Si tenemos en cuenta la exagerada influencia que ya tiene el Poder Ejecutivo sobre los otros poderes, transformar como norma política estas actitudes, entraña un curioso sentido anti-republicano y autoritario.
